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Normativa de acceso, agosto 2026

Mecanismo alternativo de ingreso sin biometría: qué debe ofrecer tu conjunto

La orden de la SIC no se cumple con dejar de exigir la huella. Hay que habilitar otra vía de ingreso, y esa vía tiene que cumplir cuatro condiciones para valer.

12 de agosto de 2026, por Kevin Daza, portea. Medellín, Colombia

Cuando la Superintendencia de Industria y Comercio le ordenó a un conjunto residencial habilitar mecanismos alternativos de autenticación o ingreso de carácter no invasivo, dejó a muchos administradores con la misma duda: en concreto, ¿qué cuenta como alternativa válida y qué no? Actualizado en agosto de 2026.

Esta es la parte práctica de la decisión de la SIC sobre datos biométricos: cómo se ve un mecanismo alternativo que de verdad cumple, cómo se implementa y cuáles son los errores que dejan al conjunto igual de expuesto que antes.

De dónde sale la obligación

La Resolución 52185 de 2025 le ordenó a la copropiedad investigada tres cosas: suprimir los datos biométricos de quienes lo pidieron y de quienes no tenían autorización válida, no condicionar el acceso al tratamiento de esos datos, y habilitar mecanismos alternativos de ingreso de carácter no invasivo. El fundamento es la Ley 1581 de 2012, que clasifica la huella y el rostro como datos sensibles.

Lo importante es que la obligación es activa. No basta con dejar de exigir la biometría: hay que ofrecer otra vía y que esa vía funcione.

Los cuatro criterios de un mecanismo alternativo válido

  1. No trata datos sensibles. Nada de huella, rostro, iris ni voz. Un código, una tarjeta, un chip o un PIN cumplen.
  2. Está disponible sin trámite especial. Si para obtenerlo hay que pedir permiso al consejo, llenar un formato y esperar dos semanas, no está disponible.
  3. Funciona igual de bien y a la misma hora. Si el acceso biométrico opera 24 horas y la alternativa solo cuando hay portero, no son equivalentes.
  4. No expone ni señala a quien lo usa. Nada de listas publicadas de quienes se negaron, ni filas aparte, ni comentarios en el chat del conjunto.

El cuarto criterio es el que más se pasa por alto y el que más problemas trae. Una alternativa que en la práctica castiga a quien la ejerce reintroduce la coacción que la norma quiere eliminar.

Qué opciones hay, con sus contras

MecanismoA favorEn contra
Código QRIdentifica con nombre y hora, no se presta, se revoca al instante, sirve igual para residentes y visitantesRequiere celular o un código impreso para quien no lo tenga
Tarjeta de proximidadFamiliar, funciona sin celularSe presta, se pierde, hay costo de reposición y no dice quién entró de verdad
PIN o código de seguridadCero costo por usuarioSe comparte con facilidad y pierde la trazabilidad
Ingreso con personal de vigilanciaNo requiere tecnologíaDepende de que haya alguien en la caseta a toda hora, y suele ser más lento que el acceso biométrico
Llave o control remotoSimpleSin trazabilidad y con el problema clásico de las copias sin control

Para la mayoría de los conjuntos la combinación que mejor funciona es QR como estándar, con tarjeta o PIN para quien no use celular. Así el conjunto conserva el registro de quién entró y a qué hora, que es justo lo que buscaba cuando compró el lector biométrico.

El acceso que cumple

Tres flujos, ninguno con datos sensibles

Alguien necesita entrar al conjunto
ResidenteEntra con su código personal desde la app, o con tarjeta si no usa celular.
VisitanteRecibe una invitación con código que el residente le envía, con vigencia limitada.
DomicilioSe registra en portería sin pedirle huella ni rostro a nadie.

Cada ingreso queda con fecha, hora y nombre, sin tratar un solo dato biométrico.

Cómo implementarlo en cinco pasos

  1. Decide el mecanismo y llévalo al consejo con acta. Deja constancia de que la decisión responde a la obligación de ofrecer una alternativa no invasiva.
  2. Habilítalo antes de comunicarlo. Comunicar una alternativa que todavía no funciona genera el reclamo que querías evitar.
  3. Comunícalo a toda la copropiedad, no solo a quien reclamó. Un comunicado con confirmación de lectura deja evidencia de que se informó.
  4. Atiende las solicitudes de supresión de quienes ya habían entregado su huella o su rostro, y deja registro de cada eliminación.
  5. Actualiza la política de tratamiento de datos de la copropiedad y el contrato con el proveedor del control de acceso.

Modelo de comunicado

"El conjunto habilita desde el [fecha] el ingreso por código, disponible para todos los residentes las 24 horas y sin costo adicional. El uso del lector biométrico queda como opción voluntaria para quienes ya autorizaron o autoricen expresamente el tratamiento de sus datos. Quien desee suprimir sus datos biométricos puede solicitarlo a la administración por [canal] y se eliminarán dentro de los términos legales."

Cuatro errores que dejan al conjunto igual de expuesto

Cómo lo resuelve portea

El acceso de portea funciona con código y no trata datos biométricos. El residente entra con su código desde la app, invita a sus visitantes con una autorización enviada desde el celular con vigencia limitada, y cada ingreso queda registrado con nombre, fecha y hora en el panel del administrador. Es el mecanismo alternativo que exige la SIC, sin renunciar a la trazabilidad. Puedes ver el detalle en portería con QR en Colombia.

En los conjuntos donde instalamos hardware, los lectores quedan operando con PIN, tarjeta y QR, sin obligar a nadie a entregar su rostro ni su huella.

¿Necesitas habilitar el acceso sin biometría?

Te mostramos cómo dejar funcionando el ingreso por código para residentes y visitantes, y qué hacer con los datos que ya recogiste.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un mecanismo alternativo de ingreso?

Es una vía de acceso al conjunto que no exige el tratamiento de datos biométricos y que la copropiedad debe ofrecer a quien no quiera entregar su huella o su rostro. La Superintendencia de Industria y Comercio la describe como un mecanismo de autenticación o ingreso de carácter no invasivo, y menciona tarjetas de proximidad, chips, códigos de seguridad y el ingreso con apoyo del personal de vigilancia. El acceso por QR cumple esa condición.

¿Tener portero es suficiente como mecanismo alternativo?

Solo si funciona de verdad y sin penalizar a quien lo usa. Si el residente con biometría entra en dos segundos y el que ejerció su derecho tiene que esperar a que el portero salga a abrir, o si de noche no hay nadie en la caseta, esa alternativa no es equivalente. Una alternativa que en la práctica castiga a quien la usa vuelve a viciar el consentimiento.

¿La copropiedad puede cobrar la tarjeta o el llavero de proximidad?

Puede repercutir el costo real del elemento, igual que hace con una llave o un control remoto, siempre que sea razonable y aprobado como corresponde. Lo que no puede es fijar un valor que en la práctica desincentive el uso de la alternativa, porque el resultado sería el mismo condicionamiento que la norma quiere evitar.

¿Qué mecanismo alternativo conviene más?

El código QR suele ser el que mejor equilibra las tres cosas que importan: no trata datos sensibles, identifica a la persona con nombre y hora para mantener la trazabilidad, y no obliga a repartir ni reponer objetos físicos. La tarjeta de proximidad funciona bien pero se presta, se pierde y hay que reponerla, y el PIN se comparte con facilidad.

¿Hay que ofrecer la alternativa también a los visitantes?

Sí, y ahí es donde más se falla. El visitante que llega a la portería no está en condiciones de dar un consentimiento libre para entregar su rostro o su huella, porque la alternativa a negarse es no entrar. Por eso el flujo de visitantes debería resolverse por defecto sin biometría, con una invitación por código enviada desde la app del residente.

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Kevin Daza

Escrito por

Kevin Daza

CEO & Co-founder, portea

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