Si administras un condominio en México, o si vendes software para condominios, hay una norma nueva desde 2025 que cambia el piso legal de todo lo que hagas con datos de los residentes. Actualizado en agosto de 2026.
La nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2025 y entró en vigor al día siguiente. Esto es lo que significa para una administración de condominio.
Los tres cambios que importan
- Desaparece el INAI. Sus funciones pasan a la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno. Cambia a quién se dirigen las solicitudes de los titulares y ante quién responde el responsable del tratamiento.
- El aviso de privacidad se endurece. Se restringe la posibilidad de invocar compatibilidad o analogía con las finalidades originales para usar los datos con propósitos distintos a los previstos. Cada finalidad tiene que estar señalada de forma expresa.
- Se refuerza el deber de confidencialidad, tanto del responsable como de los terceros que intervienen en el tratamiento. Para un condominio, esos terceros son el proveedor de software, la empresa de vigilancia, el despacho contable y quien opere las cámaras.
El régimen sancionador quedó remitido a normativa secundaria, así que ahí conviene seguir el desarrollo antes de dar por cerrado el análisis.
Un condominio trata más datos de los que cree
Es la parte que suele sorprender a los comités de vigilancia. La administración de un condominio maneja de forma cotidiana:
- El padrón de condóminos y de residentes, con datos de contacto y de identificación.
- El registro de accesos, que dice quién entró, a qué hora y a qué unidad.
- Las imágenes de cámaras de las áreas comunes.
- Los datos de visitantes, domiciliarios y proveedores.
- Los datos financieros asociados a las cuotas de mantenimiento y a la cartera.
- Si hay control biométrico, huellas o plantillas faciales, que son datos sensibles.
Todo eso convierte a la administración en responsable del tratamiento, con las obligaciones que eso implica.
Lo mínimo
Tres cosas que un condominio debería tener listas
Este contenido es informativo y no reemplaza asesoría legal para el caso concreto.
Por qué el aviso colombiano no sirve traducido
Es un atajo frecuente entre proveedores que operan en los dos países, y sale caro. Los marcos son distintos en lo esencial.
| Colombia | México | |
|---|---|---|
| Norma | Ley 1581 de 2012 | Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, vigente desde el 21 de marzo de 2025 |
| Autoridad | Superintendencia de Industria y Comercio | Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno |
| Documento base | Autorización y política de tratamiento | Aviso de privacidad |
| Finalidades nuevas | Requieren nueva autorización | Ya no se pueden sustentar invocando compatibilidad con las originales |
Un aviso traducido queda con la autoridad equivocada, con terminología que no corresponde y con finalidades redactadas bajo un criterio que la nueva ley mexicana ya no admite.
Biometría en condominios: el criterio prudente
Los datos biométricos reciben protección reforzada en ambos países. En Colombia, la Superintendencia de Industria y Comercio ya fue explícita: no se puede condicionar el ingreso a la entrega de biometría y hay que ofrecer un mecanismo alternativo no invasivo. Para México, el criterio que menos riesgo genera es el mismo: consentimiento expreso, finalidad determinada, seguridad reforzada y una vía de acceso alternativa siempre disponible.
portea opera así por diseño en los dos países: el control de acceso funciona con código, no con huella ni rostro, y cada ingreso queda registrado con nombre y hora.
Ten presente
Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría de un abogado para el caso concreto de tu condominio. El régimen sancionador de la nueva ley quedó remitido a normativa secundaria, así que conviene seguir su desarrollo.
¿Administras un condominio en México?
Te mostramos cómo queda el registro de accesos, el padrón y los comunicados en portea, con control de acceso sin datos biométricos.
Hablar con porteaPreguntas frecuentes
¿Cuál es la nueva ley de protección de datos en México?
La nueva Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2025 y entró en vigor el 21 de marzo de 2025. Sustituye al marco anterior, desaparece al INAI como autoridad garante y traslada sus funciones a la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno.
¿Un condominio tiene obligaciones de protección de datos?
Sí. La administración de un condominio trata datos personales de forma constante: padrón de condóminos, registro de accesos, imágenes de cámaras, datos de visitantes y proveedores, cuentas de cobro. Eso la convierte en responsable del tratamiento, con la obligación de contar con aviso de privacidad, finalidades determinadas y medidas de seguridad.
¿Qué cambió en el aviso de privacidad?
Se endureció. La nueva ley restringe la posibilidad de invocar la compatibilidad o analogía con las finalidades originales para usar los datos con propósitos distintos a los previstos. En la práctica, cada finalidad debe quedar señalada de forma expresa en el aviso, y un aviso genérico heredado de otra jurisdicción ya no sirve.
¿Sigue existiendo el INAI?
No como tal. La nueva ley desaparece al INAI y traslada sus atribuciones a la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno. Para un condominio eso cambia a quién se dirigen las solicitudes y ante quién se responde, aunque las obligaciones sustantivas de proteger los datos se mantienen y se refuerzan.
¿El aviso de privacidad colombiano sirve para México?
No conviene traducirlo y usarlo. Son marcos distintos: Colombia se rige por la Ley 1581 de 2012 con la Superintendencia de Industria y Comercio como autoridad, y México por la nueva Ley Federal con la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno. Los derechos, los plazos, la terminología y la autoridad son diferentes. El aviso mexicano se redacta desde cero.
¿Qué pasa con el reconocimiento facial en un condominio mexicano?
Los datos biométricos reciben protección reforzada en ambos países. Conviene aplicar el mismo criterio prudente: consentimiento expreso, finalidad determinada, medidas de seguridad reforzadas y una vía de acceso alternativa para quien no quiera entregar su rostro. Es el estándar que ya se exige en Colombia y el que menos riesgo genera en México.